
El artículo 99 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato señala que ”Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales son organismos técnicos y consultivos, auxiliares de los ayuntamientos en materia de planeación, y forman parte de la estructura de participación del Sistema Estatal de Planeación.”
Estos se integrarán con la participación mayoritaria de representantes de la sociedad organizada del Municipio.
Son atribuciones del COPLADEMI:
·Fungir como órgano de consulta en materia de planeación del desarrollo del Municipio ante los gobiernos Federal, Estatal y Municipal; Participar en la formulación de la propuesta del programa anual de inversión, financiado con recursos federales con el propósito de que las obras, acciones y proyectos, respondan a los objetivos de ese programa;
El artículo 101 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato señala que el COPLADEMI contará con los siguientes órganos:
Un Consejo Técnico; y Las Comisiones de Trabajo
El Artículo 17. del Reglamento del Sistema de Planeación para el Municipio de Irapuato, señala que Consejo Técnico se integrará por:
I.- Un presidente, que será el Presidente Municipal;
II.- Un secretario técnico, que será el Director General del Implan;
III.- Un secretario ejecutivo, que será el titular de la Dirección General de Desarrollo Social y Humano;
IV.- Los siguientes vocales:
A) Los coordinadores de cada una de las comisiones de trabajo;
B) Un vocal de control y vigilancia, que será el titular de la Contraloría Municipal;
C) Un vocal ejecutivo, que será el director de la Unidad de Control y Seguimiento al COPLADEMI;
D) El Tesorero Municipal y los directores generales de la administración pública municipal que señale el Ayuntamiento; y,
E) Los funcionarios de la administración pública municipal, cuando de acuerdo a su competencia, resulten indispensables para el desarrollo de algún tema a tratar por el Consejo Técnico; éstos participarán como invitados especiales con derecho a voz pero sin voto.
El artículo 28 del Reglamento del Sistema de Planeación para el Municipio de Irapuato.- para el cumplimiento de su encomienda, el COPLADEMI, establecerá las siguientes comisiones de trabajo:
I.- Servicios Públicos;
II.- Agua Potable y Alcantarillado;
III.- Seguridad y Protección Civil;
IV.- Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ambiental;
V.- Desarrollo Económico;
VI.- Desarrollo Rural;
VII.- Salud;
VIII.- Desarrollo y Asistencia Social;
IX.- Educación, Cultura y Deporte;
X.- Urbanización de Vialidades;
Así mismo en base al artículo 29 del mismo reglamento, las comisiones de trabajo están integradas por:
Un Coordinador (ciudadano – designado por el presidente del COPLADEMI.
Un Secretario Técnico (es el titular de la dependencia municipal del sector de la comisión).
Un Consejero del Ayuntamiento (nombrado por el Ayuntamiento).
Un Consejero de Control y Vigilancia (ciudadano –electo entre los integrantes de la Comisión).
Un Consejero Urbano (Electo entre los las propuestas de los Comités de Participación Ciudadana y/o Colegios y Asociaciones).
Un Consejero Rural (Electo por el Consejo Municipal Rural).
